Los contratos y convenios vigentes suscritos por el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) continuarán ejecutándose por el Ministerio del Deporte, sin que para ello sea necesario suscripción de documento adicional alguno diferente a la comunicación a los respectivos contratistas. Para todos los efectos contractuales, el Ministerio del Deporte asume los derechos y obligaciones del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes).
Estructura Ley 1967 de 2019
Artículo 1o. Naturaleza y denominación
Artículo 2o. Integración del sector
Artículo 7o. Bienes, derechos y obligaciones
Artículo 8o. Continuidad de la relación
Artículo 9o. Derechos y obligaciones litigiosas
Artículo 10. Contratos y convenios vigentes
Artículo 12. Referencias normativas
Artículo 13. Ejecución presupuestal y de reservas
Artículo 14. Ajustes presupuestales en el sistema integral de información financiera (siif)
Artículo 15. Certificado de disponibilidad presupuestal