Los organismos deportivos que integren el deporte para personas con y/o en condición de discapacidad deberán ajustar sus estatutos disponiendo la creación de comisiones o divisiones especializadas para personas con y/o en condición de discapacidad en su estructura interna, así como su presupuesto, finan ciación y demás asuntos relacionados, con el fin de armonizar dicha integración.
Estructura Ley 1946 de 2019
Artículo 3o. ámbito de aplicación
Artículo 4o. Objetivo del comité paralímpico colombiano
Artículo 5o. Funciones del comité paralímpico colombiano
Artículo 8o. Federación colombiana de deporte para sordos
Artículo 9o. Funciones de la federación colombiana de deporte para sordos
Artículo 10. Comisión Médica y de clasificación funcional