<Ver al inicio Notas del Editor> Solo podrán presentar y ejecutar programas o proyectos de inversión a los que se refiere la presente ley, las entidades que hagan parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 1286 de 2009 o la que la modifique o sustituya.
Estructura Ley 1923 de 2018
Artículo 2o. Convocatorias públicas abiertas y competitivas
Artículo 3o. Entidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación
Artículo 4o. Planes y acuerdos estratégicos departamentales en ciencia, tecnología e innovación
Artículo 5o. Condiciones de las convocatorias
Artículo 6o. Ejecución de los programas y proyectos
Artículo 7o. Del giro y la ordenación del gasto
Artículo 8o. Régimen de transición