Ley 1672 de 2013
Artículo 22. De la importación de aparatos eléctricos y electrónicos

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con el apoyo de la DIAN, establecerán un instrumento de control y seguimiento a la importación de aparatos eléctricos y electrónicos usados, reacondicionados, reparados, reconstruidos, con fines de donación, etc. Con el fin de garantizar la aplicación del principio de Responsabilidad Extendida del Productor y asegurar la gestión ambiental diferenciada de estos equipos, al final de su vida útil, cuando sean descartados por el usuario o consumidor final.