El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, las autoridades ambientales urbanas y regionales, así como los demás Ministerios en el marco de sus competencias, tendrán la responsabilidad de hacer el seguimiento al estricto cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente ley.
PARÁGRAFO. Para ejercer la vigilancia y el control pertinente, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, establecerá los parámetros y mecanismos aplicables a las autoridades ambientales competentes para la efectividad del proceso.
Estructura Ley 1672 de 2013
Artículo 5o. Clasificación de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (raee)
Artículo 8o. Componentes de la política
Artículo 9o. De la información sobre los aparatos eléctricos y electrónicos
Artículo 11. Comité nacional de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (raee)
Artículo 12. Miembros del comité nacional de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos
Artículo 13. Funciones del comité nacional
Artículo 14. De los remanufacturados
Artículo 15. Difusión y promoción
Artículo 21. Mecanismos de coordinación
Artículo 22. De la importación de aparatos eléctricos y electrónicos