Ley 1672 de 2013
Artículo 13. Funciones del comité nacional



a) Fomentar y fortalecer la política para el manejo de Residuos Eléctricos y Electrónicos (RAEE);

b) Asesorar en la formulación de la política en materia de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE);

c) Hacer un seguimiento y una verificación al desarrollo de las políticas, estrategias y programas que garanticen una gestión integral de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE);

d) Establecer los mecanismos de concertación con el sector privado;

e) Estudiar fuentes de financiación para desarrollar las políticas, estrategias y programas para una gestión integral de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE);

f) Promover planes y programas intersectoriales que contribuyan a la divulgación de los riesgos para la salud humana de los desechos electrónicos, así como del manejo de dichos residuos;

g) Impulsar la investigación y la innovación tecnológica en lo relacionado con una mejor gestión integral de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE);

h) El Comité Nacional establecerá las funciones que considere pertinentes para el desarrollo de sus actividades.