Ley 1343 de 2009
Regla 4

El plazo mencionado en el artículo 4.3)d) se calculará a partir de la fecha de recepción de la comunicación referida en ese artículo por la Oficina de la Parte Contratante interesada y no será inferior a un mes cuando la dirección de la persona en cuyo nombre se hace la comunicación se encuentre en el territorio de esa Parte Contratante, ni inferior a dos meses cuando tal dirección se encuentre fuera del territorio de esa Parte Contratante.