1) [“Tratado”; “Artículo”]
a) En el presente Reglamento, se entenderá por “Tratado” el Tratado sobre el Derecho de Marcas.
b) En el presente Reglamento, la palabra “Artículo” se refiere al artículo especificado del Tratado.
2) [Expresiones abreviadas definidas en el Tratado] Las expresiones abreviadas definidas en el artículo 1o a los fines del Tratado tendrán el mismo significado a los fines del Reglamento.
Estructura Ley 1343 de 2009