Artículo 1o. Objeto de la ley - Definir y conformar un Sistema de Seguridad y Defensa Nacional,...
Artículo 3o. Poder nacional - Es la capacidad del Estado Colombiano de ofrecer todo su...
Artículo 4o. Orden público - Es el conjunto de las condiciones que permiten la prosperidad...
Artículo 5o. Fuerza pública - Está integrada en forma exclusiva por las Fuerzas Militares y...
Artículo 6o. Defensa nacional - Es la integración y acción coordinada del Poder Nacional para...
Artículo 7o. Seguridad ciudadana - Es la acción integrada de las autoridades y la comunidad,...
Artículo 8o. Seguridad nacional - En desarrollo de lo establecido en la Constitución Política, es...
Artículo 9o. De los deberes ciudadanos - Es la obligación de todos los colombianos, apoyar a las...
Artículo 15. Funciones - Son funciones del Consejo Superior de Seguridad y Defensa Nacional,...
Artículo 16. Reuniones - El Consejo Superior de Seguridad y Defensa Nacional, se reunirá...
Artículo 17. Asesoría - En el orden nacional, corresponde al Consejo Superior de Seguridad...
Artículo 18. Secretaría técnica - El Consejo contará con una Secretaría Técnica, la cual estará...
Artículo 19. Reserva legal - Las deliberaciones y actas del Consejo serán de carácter reservado....
Artículo 21. Del ministro de defensa nacional - Además de las consagradas en la Ley 489 de 1998...
Artículo 25. De la colaboración armónica - En desarrollo del numeral 5 del Artículo 251 de la...
Artículo 30. Prevalencia funcional - El orden público en el nivel territorial estará a cargo...
Artículo 33. Consejos distritales - Integrados por: a) El Alcalde Mayor, quien lo presidirá; b)...
Artículo 37. Planeamiento - Es la interacción coordinada de los fines, recursos y estrategias...
Artículo 40. Niveles de planeamiento - La planeación de la Defensa Nacional se da en los...
Artículo 44. Planeamiento operativo - Es el nivel de Planeamiento sujeto a lo ordenado por...
Artículo 45. Planeamiento táctico - Es el relativo al empleo de unidades militares equivalentes a...
Artículo 52. Control de gastos - Para efectos de los límites existentes en materia de crecimiento...
Artículo 54. Teatro de operaciones - Se entiende por Teatro de Operaciones el área geográfica en...
Artículo 56. Conducción operativa - Es la facultad de los Comandantes del Ejército Nacional, la...
Artículo 58. Captura en flagrancia - Se entiende que los miembros de la Fuerza Pública capturan...
Artículo 62. Definición - Es un proceso permanente e integrado que consiste en aplicar...
Artículo 64. Funciones - Son funciones del Consejo Nacional de Movilización las siguientes: a)...
Artículo 67. Desmovilización - Se efectúa mediante Decreto del Presidente de la República con...
Artículo 72. Reglamentación - El Gobierno Nacional, dentro de los ciento ochenta (180) días...
Artículo 73. Vigencia - La presente ley rige a partir de la fecha de...