Por medio del cual se constituye el Sistema Nacional de Insumos Agropecuarios, se establece la Política Nacional de Insumos Agropecuarios, se crea el Fondo de Acceso a los Insumos Agropecuarios y se dictan otras disposiciones.
Artículo 11. Política nacional de insumos agropecuarios

En un plazo de seis (6) meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, se deberá adoptar a través del Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes), una Política Nacional de Insumos Agropecuarios que deberá promover el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR) para su discusión y en la que se identifiquen y determinen estrategias, prioridades, mecanismos o medidas para el uso eficiente, competitivo, racional y sostenible de los insumos agropecuarios.

PARÁGRAFO 1o. La Política Nacional de Insumos Agropecuarios hará especial énfasis en el uso de bioinsumos, las mezclas orgánico-minerales y biopreparados, con el objeto de disminuir costos en la producción de alimentos, mejorar la inocuidad, con el fin de preservar los recursos naturales.

PARÁGRAFO 2o. La Política Nacional de Insumos Agropecuarios hará énfasis en desarrollar programas de formación dirigidos a los productores agropecuarios, con el fin de capacitarlos en el uso eficiente y racional de los insumos agropecuarios especialmente sobre los insumos que ofrecen alternativas de origen biológico.

PARÁGRAFO 3o. La Política Nacional de Insumos Agropecuarios deberá estipular medidas para incentivar la producción de insumos agropecuarios en el territorio nacional. Dentro de estas medidas, y en coordinación con el Ministerio de Ciencias, se deberá promover la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación de nuevos productos que puedan ser utilizados como insumos agropecuarios y que sean ambientalmente sostenibles.

Estructura Por medio del cual se constituye el Sistema Nacional de Insumos Agropecuarios, se establece la Política Nacional de Insumos Agropecuarios, se crea el Fondo de Acceso a los Insumos Agropecuarios y se dictan otras disposiciones.

Capítulo I

Artículo 1o. Objeto

Artículo 2o. Definición de insumo agropecuario

Título I

Artículo 3o. Sistema nacional de insumos agropecuarios (sinia)

Artículo 4o. Actores e instancias del sistema nacional de insumos agropecuarios (sinia)

Título II

Artículo 5o. Mesa nacional de insumos agropecuarios

Título III

Artículo 6o. Comisión nacional de insumos agropecuarios

Artículo 7o. Funciones de la comisión nacional de insumos agropecuarios

Título IV

Artículo 8o. Observatorio de insumos agropecuarios

Artículo 9o. Fuentes de información

Artículo 10. Fortalecimiento del sistema de reporte de información de insumos agropecuarios (siriiagro)

Capítulo II

Artículo 11. Política nacional de insumos agropecuarios

Artículo 12. Fomento a la producción nacional de insumos agropecuarios

Artículo 13. Registro de productores de insumos agropecuarios

Capítulo III

Artículo 14. Fondo para el acceso a los insumos agropecuarios

Artículo 15. Naturaleza jurídica

Artículo 16. Comité directivo del fondo para el acceso a los insumos agropecuarios (faia)

Artículo 17. Funciones del comité directivo

Artículo 18. Fuentes de financiación

Artículo 19. Operaciones autorizadas al fondo para el acceso a los insumos agropecuarios (faia)

Capítulo IV

Artículo 20. Fortalecimiento de la política de ordenamiento de la producción

Artículo 21. Inspección, vigilancia y control

Artículo 22

Artículo 23

Artículo 24. Incentivos para el desarrollo de la producción agrícola

Artículo 25. Plataforma digital para la comercialización de productos agrícolas

Artículo 26. Creación del protocolo técnico y normativo

Artículo 27. ámbito de análisis del sistema nacional de insumos agropecuarios (sinia)

Artículo 28. Vigencia