Para los propósitos de esta ley, se entiende por normas de contabilidad y de información financiera el sistema compuesto por postulados, principios, limitaciones, conceptos, normas técnicas generales, normas técnicas específicas, normas técnicas especiales, normas técnicas sobre revelaciones, normas técnicas sobre registros y libros, interpretaciones y guías, que permiten identificar, medir, clasificar, reconocer, interpretar, analizar, evaluar e informar, las operaciones económicas de un ente, de forma clara y completa, relevante, digna de crédito y comparable.
PARÁGRAFO. Los recursos y hechos económicos deben ser reconocidos y revelados de acuerdo con su esencia o realidad económica y no únicamente con su forma legal.
Estructura Por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento.
Artículo 1o. Objetivos de esta ley
Artículo 2o. Ambito de aplicación
Artículo 3o. De las normas de contabilidad y de información financiera
Artículo 5o. De las normas de aseguramiento de información
Artículo 6o. Autoridades de regulación y normalización técnica
Artículo 7o. Criterios a los cuales debe sujetarse la regulación autorizada por esta ley
Artículo 8o. Criterios a los cuales debe sujetarse el consejo técnico de la contaduría pública
Artículo 9o. Autoridad disciplinaria
Artículo 10. Autoridades de supervisión
Artículo 11. Ajustes institucionales
Artículo 12. Coordinación entre entidades públicas