Articulo 1o. Objeto - La presente ley tiene por objeto regular la profesión de...
Articulo 4o. Docencia - El Tecnólogo en Regencia de Farmacia podrá ejercer actividades docentes...
Articulo 6o. Vigilancia y control - la vigilancia y control del ejercicio de la profesión de...
Articulo 11. Vigencia - La presente ley rige a partir de la fecha de...