Ley 2254 de 2022
Artículo 9o. Formalidades ambientales

Se refiere a las obligaciones mínimas que deberán cumplir las empresas frente a las autoridades ambientales, tales como permisos de emisiones, vertimientos de agua, entre otros. Su propósito será garantizar el cuidado del medio ambiente y de los recursos naturales, dando gradualidad a las exigencias.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y el Ministerio de Ambiente definirán los mínimos requisitos que se le deberán exigir a las micro, pequeñas y medianas empresas para que puedan desempeñar sus operacionales cuidando el medio ambiente las cuales serán acatadas por las corporaciones autónomas regionales. Las Corporaciones Autónomas Regionales proveerán asistencia técnica gratuita para el cumplimiento de las mismas. Las tarifas para tales permisos o requisitos serán reglamentadas por el Gobierno nacional y preferentemente serán gratuitas.