El trabajo remoto se ejecutará y podrá ser terminado de manera remota, mediante el uso de nuevas tecnologías u otro medio o mecanismo, sin perjuicio de las formalidades del contrato según su duración y respetando las disposiciones que sobre terminación del contrato de trabajo se encuentren en el Código Sustantivo del Trabajo, Convención Colectiva, Acuerdo Colectivo, lo que sea más favorable al trabajador. No obstante, los contratos de trabajo que migren a esta nueva forma de ejecución del contrato de trabajo deben conservar sus elementos de creación.
El trabajador remoto podrá prestar sus servicios desde cualquier lugar, siempre en consenso con el empleador, dedicando para ello la cantidad de tiempo que determine, con sujeción a la jornada laboral pactada, siempre y cuando no sobrepase la jornada máxima legal y cumpla con los requisitos mínimos previstos por el empleador en relación con la calidad y cantidad del trabajo, así como con la conectividad. Lo anterior con el debido acompañamiento de las Administradoras de Riesgos Laborales presentes en la relación laboral.
Estructura Ley 2121 de 2021
Artículo 2o. ámbito de aplicación
Artículo 4o. Principios generales del trabajo remoto
Artículo 5o. Política pública del trabajo remoto
Artículo 9o. Condiciones de trabajo
Artículo 10. Herramientas y equipos de trabajo
Artículo 12. Conexión a plataforma/sistema informático y/o tecnológico del empleador
Artículo 13. Aplicación de normas para prevenir corregir y sancionar el acoso laboral
Artículo 14. Periodos de pago del salario
Artículo 15. Reconocimiento de horas extras
Artículo 16. Citación del trabajador a las instalaciones del empleador
Artículo 17. Control de horarios y cumplimiento de funciones y obligaciones en el trabajo remoto
Artículo 19. Aportes a la seguridad social
Artículo 20. Programa de prevención, control y actuación de riesgos laborales
Artículo 21. Migración al trabajo remoto
Artículo 22. Aplicación de normas respecto al tiempo de lactancia
Artículo 23. Vinculación sectores especialmente protegidos
Artículo 24. Tareas de cuidados