Con el fin de desarrollar los propósitos y objetivo de la presente ley, el Gobierno nacional, en un plazo no mayor a 6 (seis) meses, a través de las autoridades competentes que el Gobierno designe y con la activa participación de los diferentes sectores sociales involucrados, diseñará e implementará una política pública sobre los lineamientos para la estructuración y desarrollo del trabajo remoto en el país, teniendo en cuenta las diferentes disposiciones de la presente ley.
Esta política deberá contar con el acompañamiento de las autoridades correspondientes, los representantes de los empleadores, así como de las Confederaciones de Trabajadores y deberá contener los componentes básicos para lograr una adecuada entrada en funcionamiento e implementación del trabajo remoto.
PARÁGRAFO 1o. El Departamento Nacional de Planeación (DNP), o quien haga sus veces, deberá realizar una evaluación de la política pública de trabajo remoto dentro de los primeros cinco (5) años de su implementación, y deberá presentar un informe con las conclusiones y recomendaciones al respecto a las Comisiones Séptimas Constitucionales Permanentes del Congreso de la República.
PARÁGRAFO 2o. El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), o quien haga sus veces, será la entidad responsable de la planeación, levantamiento, procesamiento, análisis y difusión de las estadísticas oficiales sobre la realización de trabajo remoto por parte de la población colombiana, así como por las empresas e instituciones oficiales, a partir del aprovechamiento de registros administrativos y otras fuentes de información disponibles en el Sistema Estadístico Nacional. Esta información será dispuesta por el DANE de manera agregada y anonimizada, para consulta pública, respetando la reserva estadística establecida en el artículo 5o de la Ley 79 de 1993.
Estructura Ley 2121 de 2021
Artículo 2o. ámbito de aplicación
Artículo 4o. Principios generales del trabajo remoto
Artículo 5o. Política pública del trabajo remoto
Artículo 9o. Condiciones de trabajo
Artículo 10. Herramientas y equipos de trabajo
Artículo 12. Conexión a plataforma/sistema informático y/o tecnológico del empleador
Artículo 13. Aplicación de normas para prevenir corregir y sancionar el acoso laboral
Artículo 14. Periodos de pago del salario
Artículo 15. Reconocimiento de horas extras
Artículo 16. Citación del trabajador a las instalaciones del empleador
Artículo 17. Control de horarios y cumplimiento de funciones y obligaciones en el trabajo remoto
Artículo 19. Aportes a la seguridad social
Artículo 20. Programa de prevención, control y actuación de riesgos laborales
Artículo 21. Migración al trabajo remoto
Artículo 22. Aplicación de normas respecto al tiempo de lactancia
Artículo 23. Vinculación sectores especialmente protegidos
Artículo 24. Tareas de cuidados