Ley 2111 de 2021
Artículo 9o. Dirección especializada para los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente

Créese en la Fiscalía General de la Nación, la Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente adscrito a la Delegada contra la Criminalidad Organizada, la que tendrá como función principal la investigación y judicialización de los delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente y las demás conductas delictivas conexas o relacionadas, mediante un trabajo interdisciplinario sin perjuicio de la competencia de las Direcciones Seccionales sobre la materia.

La Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente estará conformada por:

PARÁGRAFO 1o. De forma prioritaria la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación desarrollará el concurso necesario para proveer los cargos establecidos en el presente artículo de conformidad con el Sistema Especial de Carrera de la Fiscalía General de la Nación, sin perjuicio de los nombramientos en provisionalidad necesarios para implementar inmediatamente la Dirección establecida, en los cuales se aplicarán los principios de mérito, transparencia, garantía de imparcialidad y eficiencia y eficacia del artículo 3, junto con los criterios de mérito señalados en el numeral 3 del artículo 11 del Decreto Ley número 020 de 2014.

PARÁGRAFO 2o. El inicio del concurso se realizará dentro de los 2 años siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley.

PARÁGRAFO 3o. La Fiscalía General de la Nación presentará anualmente un informe sobre los indicadores de gestión, avance y esclarecimiento en la investigación y judicialización de las conductas que afecten los recursos naturales y el medio ambiente. Esta información será pública y contendrá datos estadísticos que no estén sometidos a reserva.