Ley 1520 de 2012
Artículo 18

<Ley INEXEQUIBLE, Sentencia C-011-13> Las disposiciones de los artículos anteriores se aplicarán a todas las obras, interpretaciones, ejecuciones, fonogramas y emisiones de organismos de radiodifusión que, al momento de la entrada en vigencia de la presente ley no hayan pasado al dominio público.