Ley 1222 de 2008
Sexto





Son funciones de la Comisión Ejecutiva:

a) Velar por el cumplimiento de los objetivos del Plan Puebla Panamá;

b) Recibir las propuestas de iniciativas y proyectos comprendidos en el Plan Puebla -Panamá, llevar a cabo su evaluación y de ser el caso, aprobarlos de manera coordinada con el Grupo Técnico Interinstitucional;

c) Impulsar la formalización de las diferentes iniciativas y proyectos una vez aprobados;

d) Someter a la decisión de los respectivos Jefes de Estado y de Gobierno, las propuestas vinculadas al Plan Puebla – Panamá. que así lo requieran, en el caso de Centroamérica, previa coordinación con el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores. Así como mantener una estrecha coordinación con los Ministros de Relaciones Exteriores del Mecanismo de Tuxtla;

e) Presentar informes de avances sobre el Plan Puebla – Panamá a los Jefes de Estado y de Gobierno, y circularlos a los Cancilleres de los Estados Miembros;

f) Dar seguimiento y evaluar los avances alcanzados en cada una de las iniciativas;

g) Coordinar e impulsar a nivel regional, cada una de las iniciativas del Plan Puebla – Panamá. Cada iniciativa tendrá como responsable principal a uno de los Comisionados, quien será designado en el seno de la Comisión. El resultado de sus trabajos será del conocimiento de la Comisión de manera directa;

h) Elegir al titular de la Dirección Ejecutiva, con base en el perfil que la propia Comisión Ejecutiva establezca;

i) Dar lineamientos a la dirección ejecutiva para realizar las actividades que se relacionen con el Plan Puebla – Panamá (PPP) y ejercer la dirección política sobre la dirección ejecutiva.

j) Fungir como vocera oficial en relación con los temas del Plan Puebla – Panamá y divulgar ampliamente sus contenidos, alcances y avances del plan;

k) Decidir sobre las modalidades operacionales de las instancias que le puedan brindar apoyo;

l) Establecer lineamientos al Grupo Técnico Interinstitucional para la realización de los trabajos que se relacionen con el Plan Puebla – Panamá;

m) Crear las Comisiones Técnicas que se estimen pertinentes para desarrollar trabajos específicos relacionados con las iniciativas y proyectos del Plan Puebla – Panamá;

n) Cualquier otra que le asignen los Estados Miembros del PPP.

La Comisión Ejecutiva se reunirá de manera periódica o como lo establezca el reglamento. en el lugar y fecha que determine, y tomará sus decisiones por consenso.

DIRECCION EJECUTIVA DEL PLAN PUEBLA – PANAMA