EL CONGRESO DE COLOMBIA
Articulo 13. Criterios de asignacion de los recursos

La asignación de los recursos de las regiones tabacaleras será proporcional al recaudo de la cuota parafiscal en cada una de ellas y se aplicará de manera concertada con el gremio tomando en consideración criterios como los siguientes:

a) El origen de la cuota por zona y por concepto;

b) La atención especial que deba prestársele a las regiones que dependen fundamentalmente del cultivo de tabaco;

c) El número de productores que se beneficiarán con el programa;

d) El apoyo que debe brindarse a los pequeños productores;

e) El impacto que cada programa tendrá en el desarrollo económico y social del productor y su familia.