Los planes y programas que se establecen en la presente ley, y frente a los cuales el Gobierno nacional tiene autorización para incluir en las próximas vigencias presupuestales, tendrán fundamentación técnica en las Secretarías de Planeación de los departamentos para que guarden coherencia con los planes departamentales de Desarrollo.
Estructura Por medio del cual la nación se vincula a la celebración del bicentenario de la Campaña Libertadora de 1819, y se dictan otras disposiciones.
Artículo 2o. Declaratoria de los municipios beneficiarios
Artículo 4o. Fundamentación de los planes
Artículo 5o. ámbito de aplicación
Artículo 7o. De la ruta libertadora
Artículo 8o. Planes y programas
Artículo 9o. Comisión especial ruta libertadora
Artículo 10. Integración de la comisión especial ruta libertadora
Artículo 11. Junta de seguimiento
Artículo 12. Conformación de la junta de seguimiento
Artículo 13. Del fondo cultural ruta libertadora
Artículo 14. De la administración del fondo cultural ruta libertadora