Además de las funciones asignadas en la Ley 1341 de 2009, el Decreto Ley 4169 de 2011 y la Ley 1753 de 2015, la Agencia Nacional del Espectro ejercerá las siguientes funciones:
1. Realizar la intervención estatal en el espectro electromagnético destinado a los servicios de televisión, de conformidad con lo determinado en la Ley 1341 de 2009 y el Decreto Ley 4169 de 2011.
2. Elaborar por solicitud del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones los Cuadros de Características Técnicas de la Red (CCTR), junto con los estudios técnicos y documentos de soporte.
3. Establecer y mantener actualizado los planes técnicos de radiodifusión sonora.
4. Las funciones previstas en los artículos 24 y 26 de la Ley 182 de 1995.
5. Expedir las normas relacionadas con el despliegue de antenas, las cuales contemplarán, entre otras, la potencia máxima de las antenas o límites de exposición de las personas a campos electromagnéticos y las condiciones técnicas para cumplir dichos límites. Lo anterior, con excepción de lo relativo a los componentes de infraestructura pasiva y de soporte y su compartición, en lo que corresponda a la competencia de la Comisión de Regulación de Comunicaciones. En virtud de lo anterior, la Agencia Nacional del Espectro tendrá las funciones de control y vigilancia del cumplimiento de las normas que expida, así como la facultad sancionatoria de las mismas.
Estructura Por la cual se moderniza el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), se distribuyen competencias, se crea un regulador único y se dictan otras disposiciones.
Artículo 34. Concesiones de espacios de televisión en el canal nacional de operación pública
Artículo 35. Cese de operaciones no autorizadas del espectro radioeléctrico
Artículo 36. Reasignación de funciones a la agencia nacional del espectro
Artículo 38. Pasivo pensional de extrabajadores de inravisión
Artículo 39. Supresión de la autoridad nacional de televisión (antv)
Artículo 40. Prohibición de inicio de nuevas actividades
Artículo 41. Duración del proceso de liquidación
Artículo 42. Régimen de liquidación
Artículo 43. Liquidación de contratos y cesión de la posición contractual, judicial y administrativa
Artículo 45. Transferencia a radio televisión nacional de colombia (rtvc)
Artículo 46. Respecto de la expedición de la reglamentación y la aplicación de la presente ley
Artículo 47. Criterio de interpretación sobre la entrada en vigencia de las modificaciones
Artículo 48. Entrada de nuevos proveedores del servicio de televisión
Artículo 49. Comercialización de programación de rtvc
Artículo 50. Medidas para promover la localización de menores de edad desaparecidos