Por la cual se fijan parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación, se dictan normas para el fomento de una cultura de la evaluación, en procura de facilitar la inspección y vigilancia del Estado y se transforma el ICFES.

Artículo 1o. Parámetros y criterios - El Estado en el ejercicio de su función suprema de...

Artículo 2o. Definiciones - Es evaluación “externa” e independiente la que se realiza por...

Artículo 3o. Principios rectores de la evaluación de la educación - Es responsabilidad del Estado fomentar el mejoramiento continuo de la...

Artículo 4o. De la publicidad y reserva - Los resultados agregados de las evaluaciones externas de que trata...

Artículo 5o. Requisitos para la evaluación profesional de la educación - El ICFES deberá mantener disponible para el público a través...

Artículo 6o. Protección de la confianza de las evaluaciones educativas - Cuando mediante auditorías especializadas externas se compruebe que el ICFES...

Artículo 8o - Procedimiento básico para organizar cada tipo de “Exámenes de Estado”....

Artículo 9o. Sanciones para los evaluados - Sin perjuicio de las sanciones penales a que hubiere lugar,...

Artículo 10. Funciones y recursos para el ministerio de educación nacional - El Ministerio de Educación Nacional asumirá todas las funciones de...

Artículo 11 - <Artículo derogado por el artículo 95 de la Ley 1687...

Artículo 12 - Transfórmese el Instituto Colombiano de Fomento a la Educación Superior,...

Artículo 13. Transitorio - Crease una Comisión de Seguimiento del Congreso de la República,...

Artículo 14. Transitorio - El Gobierno Nacional reglamentará la implementación gradual de los ECAES...

Artículo 15. Aplicación, vigencia y derogaciones - La presente ley rige a partir de la fecha de...