Por la cual se autoriza la emisión de la estampilla pro Universidad del Pacífico Ómar Barona Murillo y se dictan otras disposiciones.
Artículo 7o

El control fiscal del recaudo, el traslado de los recursos a la Universidad del Pacífico y la inversión de los fondos provenientes del cumplimiento de la presente ley estará a cargo de las Contralorías Territoriales y General de la Nación, según sus competencias.

Estructura Por la cual se autoriza la emisión de la estampilla pro Universidad del Pacífico Ómar Barona Murillo y se dictan otras disposiciones.

Artículo 1o

Artículo 2o

Artículo 3o

Artículo 4o

Artículo 5o

Artículo 6o

Artículo 7o

Artículo 8o

Artículo 9o