Por la cual se autoriza la emisión de la estampilla pro Universidad del Pacífico Ómar Barona Murillo y se dictan otras disposiciones.
Artículo 1o

<Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley 2256 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> Autorízase a las Asambleas de los departamentos del Cauca, Chocó, Nariño y Valle del Cauca para que expidan el acuerdo que ordene la emisión, distribución y recaudo de la contribución parafiscal Estampilla “Pro Universidad del Pacífico en memoria de Ómar Barona Murillo”, hasta por la suma de trescientos mil millones de pesos ($300.000.000.000), su recaudo se establece a precios constantes de 2011, con un término para su recaudo de veinte (20) años.

Estructura Por la cual se autoriza la emisión de la estampilla pro Universidad del Pacífico Ómar Barona Murillo y se dictan otras disposiciones.

Artículo 1o

Artículo 2o

Artículo 3o

Artículo 4o

Artículo 5o

Artículo 6o

Artículo 7o

Artículo 8o

Artículo 9o