Ley 2292 de 2023
Artículo 16. Prevención

El Gobierno nacional promoverá medidas de prevención de los delitos del tráfico de estupefacientes y otras infracciones que trata el Capítulo II del Título XIII del Código Penal, para las mujeres cabeza de familia al interior de los establecimientos educativos y lugares de trabajo. Igualmente gestionará la articulación con los diferentes programas de ayuda y protección a la mujer de las diferentes entidades del Gobierno, para que las mujeres objeto del beneficio establecido en esta ley puedan efectivamente ser resocializadas y encontrar alternativas diferentes al delito.