Ley 2262 de 2022
Artículo 11. Financiación

Esta ley no generará gastos adicionales a la Nación. No obstante, lo anterior, la Nación, a través del Ministerio de Cultura por medio de la Dirección de Cultura Ciudadana dispondrá la asignación, reorganización y redistribución de los recursos físicos, humanos, presupuestales y financieros necesarios para el cumplimiento de la política de Estado de cultura ciudadana; sujetos a las asignaciones incorporadas anualmente en el Presupuesto General de la Nación. Para tal fin las diferentes dependencias y/o instituciones adscritas al mismo, que por su naturaleza deban involucrarse en la puesta en marcha de la política pública contribuirán armónicamente en el logro de sus objetivos.