Ley 2154 de 2021
Artículo 5o. Tributación territorial

Las autoridades departamentales, distritales y municipales del Valle del Cauca, Bogotá, D. C., Cesar, podrán gestionar ante la Asamblea y Concejos, la creación de las exoneraciones fiscales, respecto de los tributos del orden territorial; que puedan causar los destinatarios de la presente ley.