Ley 2153 de 2021
Artículo 3o

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en coordinación con el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Justicia y del Derecho, las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, las Autoridades Ambientales Urbanas, con el apoyo científico del Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt, Ideam (Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales), SINCHI (Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas), Invemar (Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras José Benito Vives de Andréis ), IIAP (Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico, Jhon von Neumann) y el Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Colombia, serán las entidades encargadas de la elaboración, formulación, desarrollo e implementación del sistema de información registro y monitoreo, incluidas las condiciones específicas diferenciales de corregimientos, municipios, departamentos regiones de frontera de Colombia, en un plazo de 18 meses.

El Ministerio de Tecnologías de la información y las Comunicaciones asesorará al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para que este cree el sistema de registro y monitoreo de información, dando cumplimiento a la política de Gobierno Digital.