La Superintendencia de Industria y Comercio podrá imponer a los Responsables del Tratamiento y Encargados del Tratamiento las siguientes sanciones:
a) Multas de carácter personal e institucional hasta por el equivalente de dos mil (2.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la imposición de la sanción. Las multas podrán ser sucesivas mientras subsista el incumplimiento que las originó;
b) Suspensión de las actividades relacionadas con el Tratamiento hasta por un término de seis (6) meses. En el acto de suspensión se indicarán los correctivos que se deberán adoptar;
c) Cierre temporal de las operaciones relacionadas con el Tratamiento una vez transcurrido el término de suspensión sin que se hubieren adoptado los correctivos ordenados por la Superintendencia de Industria y Comercio;
d) Cierre inmediato y definitivo de la operación que involucre el Tratamiento de datos sensibles;
PARÁGRAFO. Las sanciones indicadas en el presente artículo sólo aplican para las personas de naturaleza privada. En el evento en el cual la Superintendencia de Industria y Comercio advierta un presunto incumplimiento de una autoridad pública a las disposiciones de la presente ley, remitirá la actuación a la Procuraduría General de la Nación para que adelante la investigación respectiva.
Estructura Ley 1581 de 2012
Artículo 2o. ámbito de aplicación
Artículo 4o. Principios para el tratamiento de datos personales
Artículo 6o. Tratamiento de datos sensibles
Artículo 7o. Derechos de los niños, niñas y adolescentes
Artículo 8o. Derechos de los titulares
Artículo 9o. Autorización del titular
Artículo 10. Casos en que no es necesaria la autorización
Artículo 11. Suministro de la información
Artículo 12. Deber de informar al titular
Artículo 13. Personas a quienes se les puede suministrar la información
Artículo 16. Requisito de procedibilidad
Artículo 17. Deberes de los responsables del tratamiento
Artículo 18. Deberes de los encargados del tratamiento
Artículo 19. Autoridad de protección de datos
Artículo 20. Recursos para el ejercicio de sus funciones
Artículo 24. Criterios para graduar las sanciones
Artículo 27. Normas corporativas vinculantes
Artículo 28. Régimen de transición
2.12. Examen del artículo 10: casos en los que no es necesaria la autorización