El objeto social de estas organizaciones solidarias es el de generar y mantener trabajo para los asociados de manera autogestionaria, con autonomía, autodeterminación y autogobierno. En sus estatutos se deberá precisar la actividad económica que desarrollarán encaminada al cumplimiento de su naturaleza en cuanto a la generación de un trabajo, en los términos que determinan los organismos nacionales e internacionales sobre la materia.
PARÁGRAFO. Las Cooperativas de Trabajo Asociado cuya actividad sea la prestación de servicio a los sectores de salud, transporte, vigilancia y seguridad privada, y educación, deberán ser especializadas en la respectiva rama de la actividad; en consecuencia, las cooperativas que actualmente presten estos servicios en concurrencia con otro u otros deberán desmontarlos, especializarse y registrarse en la respectiva superintendencia o entidad que regula la actividad.
Estructura Ley 1233 de 2008
Artículo 1o. Contribuciones especiales
Artículo 2o. Elementos esenciales de las contribuciones especiales
Artículo 3o. Derechos Mínimos irrenunciables
Artículo 6o. Afiliación al sistema de seguridad social
Artículo 10. Excepciones al pago de las contribuciones especiales
Artículo 12. Objeto social de las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado