Artículo 1o - Se reconoce el Diseño Industrial como una profesión de nivel...
Artículo 2o - Se entiende por profesión de Diseño Industrial el ejercicio de...
Artículo 3o - Son válidos para el ejercicio de la profesión de Diseñador...
Artículo 4o - Para ejercer la profesión de Diseñador Industrial, será necesario cumplir...
Artículo 5o - El ejercicio de la profesión de Diseñador Industrial, sin el...
Artículo 6o - Para desempeñar cargos que requieran el ejercicio del Diseño Industrial...
Artículo 7o - Créase la Comisión Profesional Colombiana de Diseño Industrial como organismo...
Artículo 8o - Serán funciones de la Comisión Profesional Colombiana de Diseño Industrial...
Artículo 9o - El Diseño Industrial tiene como función primordial la de ayudar...
Artículo 10 - El Gobierno Nacional deberá reglamentar la presente Ley, en un...
Artículo 11 - La presente Ley rige a partir de la fecha de...