La atención en salud prenatal, atención de partos de bajo riesgo o alto riesgo y atención de recién nacidos debe contar con un agente en salud suficiente, idóneos, éticos y permanente e interdisciplinario, con insumos tecnológicos esenciales en buen estado y demás equipamiento que garantice la atención oportuna, digna y segura a las mujeres y a los recién nacidos durante la gestación, el trabajo de parto,· el posparto, teniendo en cuenta dentro de los procesos de atención el enfoque diferencial y la interculturalidad.
Estructura Ley 2244 de 2022
Artículo 2o. ámbito de aplicación
Artículo 5o. Deberes de la mujer en gestación, trabajo de parto, parto y posparto
Artículo 6o. Integralidad de la atención
Artículo 7o. Derechos del recién nacido
Artículo 8o. Obligaciones del estado
Artículo 9o. Obligaciones de los actores del sistema de salud objeto de la presente ley