En los contratos regidos por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, que celebren las entidades estatales con una micro, pequeña o mediana empresa, según la normatividad vigente, los pagos deberán realizarse en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario siguientes, a la aceptación de la factura.
PARÁGRAFO 1o. El cómputo del plazo establecido en este artículo estará sujeto a la disponibilidad del Plan Anualizado de Caja (PAC).
Estructura Ley 2024 de 2020
Artículo 2o. ámbito de aplicación
Artículo 3o. Obligación de pago en plazos justos
Artículo 4o. Disposiciones para procedimientos de facturación y pago de obligaciones
Artículo 5o. Indemnización por costos de cobro
Artículo 7o. Carácter imperativo
Artículo 8o. Reconocimiento a la aplicación de plazos justos
Artículo 10. Ineficacia de las CLáusulas que desconozcan los plazos Máximos de pago
Artículo 11. Procedimiento de facturación y pago de obligaciones por parte del estado