Ley 1900 de 2018
Artículo 6o

Conforme lo dispuesto por el Decreto número 1934 de 2015 o la norma que lo reemplace o sustituya, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y las entidades otorgantes del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural, definirán los criterios de asignación del subsidio.

Para tal efecto, en los criterios de clasificación previstos en el artículo 2.2.1.5.2.1 Preselección y Selección de Postulantes del Decreto número 1071 de 2015 o la norma que lo reemplace o sustituya, los hogares postulantes con jefatura de hogar femenina recibirán el valor máximo de calificación por cada criterio establecido.