Ley 1741 de 2014
Artículo 9o

Autorícese al Gobierno nacional y al Congreso de Colombia para rendir honores públicos al escritor Gabriel García Márquez, en una ceremonia especial, cuya fecha, lugar y hora serán programados por las Mesas Directivas del honorable Congreso de la República, con la presencia del señor Presidente de la República y los Ministros de Educación, TIC, Cultura y Comercio.