Ley 1741 de 2014
Artículo 3o

Autorícese al Gobierno nacional para que adelante una estrategia nacional de reconocimiento y gratitud que garantice la preservación de la memoria de Gabriel García Márquez, la conservación y disfrute público de los lugares simbólicos de su vida, la contribución a que se realicen sus ideales y el mantenimiento y preservación de su legado.