Las compañías multinivel no podrán incluir en sus contratos los siguientes tipos de cláusulas:
1. Cláusulas de permanencia y/o exclusividad.
2. Cláusulas abusivas que generen desigualdad contractual.
3. Obligación a los vendedores independientes sobre la compra o adquisición de un inventario mínimo, superior al pactado y aceptado previamente.
Estructura Ley 1700 de 2013
Artículo 3o. Ofertas bajo sistemas multinivel
Artículo 4o. Vendedor independiente
Artículo 5o. Derechos de los vendedores independientes
Artículo 6o. Planes de compensación
Artículo 7o. Inspección, vigilancia y control
Artículo 8o. Facultades de la superintendencia de sociedades
Artículo 9o. Requisitos Mínimos contractuales