Ley 1459 de 2011

Artículo 1o - El presente Convenio será aplicable a las personas residentes en...

Artículo 2o - 1. Este Convenio se aplicará a los impuestos sobre la...

Artículo 3o - 1. Para los propósitos de este Convenio, a menos que...

Artículo 4o - 1. Para los propósitos de este Convenio, la expresión “residente...

Artículo 5o - 1. Para los propósitos de este Convenio, la expresión “establecimiento...

Artículo 6o - 1. Las rentas que un residente de un Estado Contratante...

Artículo 7o - 1. Los beneficios de una empresa de un Estado Contratante...

Artículo 8o - 1. Los beneficios de una empresa de un Estado Contratante...

Artículo 9o - 1. Cuando: a. una empresa de un Estado Contratante participe...

Artículo 10 - 1. Los dividendos pagados por una sociedad residente de un...

Artículo 11 - 1. Los intereses procedentes de un Estado Contratante y pagados...

Artículo 12 - 1. Las regalías procedentes de un Estado Contratante y pagadas...

Artículo 13 - 1. Las ganancias que un residente de un Estado Contratante...

Artículo 14 - 1. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 15,...

Artículo 15 - Los honorarios de directores y otros pagos similares que un...

Artículo 16 - 1. No obstante lo dispuesto en los artículos 7o y...

Artículo 17 - 1. Las pensiones y anualidades procedentes de un Estado Contratante...

Artículo 18 - 1. a. Los sueldos, salarios y otras remuneraciones similares, excluidas...

Artículo 19 - Las cantidades que reciba para cubrir sus gastos de manutención,...

Artículo 20 - 1. Las rentas de un residente de un Estado Contratante...

Artículo 21 - 1. El patrimonio constituido por bienes inmuebles, que posea un...

Artículo 22 - 1. En el caso de Canadá, la doble imposición se...

Artículo 23 - 1. Los nacionales de un Estado Contratante no serán sometidos...

Artículo 24 - 1. Cuando una persona considere que las medidas adoptadas por...

Artículo 25 - 1. Las autoridades competentes de los Estados Contratantes intercambiarán la...

Artículo 26 - 1. Las disposiciones de los artículos 10, 11 y 12...

Artículo 27 - 1. Las disposiciones de este Convenio no afectarán a los...

Artículo 28 - 1. Las disposiciones de este Convenio no podrán interpretarse en...

Artículo 29 - 1. Cada uno de los Estados Contratantes notificará al otro,...

Artículo 30 - Este Convenio permanecerá en vigor indefinidamente, pero cualquiera de los...