Artículo 1o - El artículo 2o de la Ley 82 de 1993 quedará...
Artículo 2o - <Ver modificaciones a este artículo directamente en la Ley 82...
Artículo 3o - El artículo 5o de la Ley 82 de 1993 quedará...
Artículo 4o. Fondo especial - El Gobierno Nacional podrá crear un Fondo Especial adscrito al...
Artículo 5o - El artículo 7o de la ley 82 de 1993 quedará...
Artículo 6o - <Ver modificaciones a este artículo directamente en la Ley 82...
Artículo 7o - El artículo 10 de la Ley 82 de 1993 quedará...
Artículo 8o - El artículo 12 de la Ley 82 de 1993 quedará...
Artículo 9o - El artículo 13 de la Ley 82 de 1993 quedará...
Artículo 10 - El artículo 14 de la Ley 82 de 1993 quedará...
Artículo 11 - <Ver modificaciones a este artículo directamente en la Ley 82...
Artículo 12 - <Ver modificaciones a este artículo directamente en la Ley 82...
Artículo 13 - El artículo 20 de la Ley 82 de 1993 quedará...
Artículo 14 - El artículo 22 de la Ley 82 de 1993 quedará...
Artículo 16. Reglamentación - El Gobierno Nacional en un término de seis (6) meses...
Artículo 17. Vigencia y derogatorias - La presente ley rige a partir de la fecha de...