Ley 1217 de 2008
Artículo 6o

La Federación Nacional de Sociedades de Mejoras Públicas de Colombia es la entidad que asocia, representa y registra las actuales y nuevas Sociedades de Mejoras Públicas en Colombia.

Dentro de los límites de la presente ley, la Federación Nacional de Sociedades de Mejoras Públicas de Colombia establecerá sus estatutos y determinará los lineamientos generales que dirijan las actividades de las sociedades federadas.