Por la cual se deroga la Ley 743 de 2002, se desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunal y se establecen lineamientos para la formulación e implementación de la política pública de los organismos de acción comunal y de sus afiliados, y se dictan otras disposiciones.
Título primero

Artículo 1o. Objeto - La presente ley tiene por objeto promover, facilitar, estructurar y...

Artículo 2o. Desarrollo de la comunidad - Para efectos de esta ley, el desarrollo de la comunidad...

Artículo 3o. Principios rectores del desarrollo de la comunidad - El desarrollo de la comunidad se orienta por los siguientes...

Artículo 4o. Fundamentos del desarrollo de la comunidad - El desarrollo de la comunidad tiene los siguientes fundamentos: a)...