Libre elección de abogado.
Haga una pregunta en el sitio
Preguntas
Abogados
Servicios
Blogs
Legislación
Contactos
Para convertirse en un abogado
Entrar
La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Estructura Ley 697 de 2001
Artículo 1o
Artículo 2o
Artículo 3o. Definiciones
Artículo 4o. Entidad responsable
Artículo 5o. Creación de proure
Artículo 6o. Obligaciones especiales de las empresas de servicios públicos
Artículo 7o. Estímulos y sanciones
Artículo 8o. Divulgación
Artículo 9o. Promoción del uso de fuentes no convencionales de energía
Artículo 10
Artículo 11. Vigencia