Artículo 24 - Las prescripciones del optómetra se harán por escrito, en papelería...
Artículo 25 - La historia clínica es el registro obligatorio de las condiciones...
Artículo 26 - El optómetra deberá abrir y conservar debidamente las historias clínicas...
Artículo 27 - Ningún optómetra permitirá que sus servicios profesionales, su nombre o...