El Decreto –ley número 1421 de 1993, tendrá un artículo nuevo, el cual quedará de la siguiente manera:
Artículo 69A. Apoyo técnico y administrativo a las Juntas Administradoras Locales. Con el fin de promover la gestión de las Juntas Administradoras Locales, la Alcaldía Mayor de Bogotá, reglamentará las condiciones en las que las JAL podrán acceder a mesas de apoyo técnico por localidad, para ejecutar labores jurídicas, administrativas y de secretaria, con cargo al Fondo de Desarrollo Local correspondiente.