Ley 2058 de 2020
Artículo 11

El Ministerio de Cultura declarará como Bienes de Interés Cultural, los siguientes inmuebles que se encuentran en el Distrito de Santa Marta:

a) Fuerte de San Fernando.

b) Fuerte del Morro.

c) La Iglesia Catedral.

d) La Iglesia San Juan de Dios.

e) El Claustro San Juan Nepomuceno o Real Seminario.

f) La Iglesia del Pueblo de Indios de Taganga.

g) Iglesia del Pueblo de Indios de Mamatoco.