Artículo 1o - Ordénase la izada de la Bandera Nacional y la colocación...
Artículo 2o - Las especificaciones de los emblemas nacionales serán las que estén...
Artículo 3o - Los Rectores o Directores de los establecimientos públicos o privados...
Artículo 4o - Los funcionarios públicos que ejerzan la máxima autoridad en las...
Artículo 6o - <Ver Notas de Vigencia> El Gobierno Nacional ordenará al Instituto...
Artículo 7o - El Ministerio de Comunicaciones* adelantará las gestiones conducentes a que...
Artículo 8o - A partir de la promulgación de la presente Ley, los...
Artículo 9o - Corresponde a los Ministerios de Gobierno, de Relaciones Exteriores, de...
Artículo 10 - El Ministro de Educación Nacional rendirá un informe semestral a...
Artículo 11 - La presente Ley rige a partir de su promulgación.