Ley 1903 de 2018
Artículo 3o

El Ministerio de Cultura, en coordinación con la Biblioteca Nacional, podrá seleccionar las obras literarias más representativas sobre la vida de la heroína nacional Policarpa Salavarrieta y las distribuirá en las bibliotecas de las instituciones educativas de nivel nacional, departamental y municipal, con el fin de preservar en las futuras generaciones la memoria de la heroína Policarpa Salavarrieta, como también su legado.