Ley 1783 de 2016
Artículo 4o

En homenaje a la memoria del Maestro Carlos Gaviria Díaz, el Gobierno nacional a través del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Autoridad Nacional de Televisión, según corresponda, garantizarán los recursos necesarios para que la Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC) y Señal Colombia, recopilen y circulen en multimedios y audiovisual toda su obra, que va desde discursos e intervenciones en diferentes escenarios tanto académicos como políticos, pasando por el conjunto de la jurisprudencia por él generada, hasta los documentos producidos en diferentes contextos y eventos.

PARÁGRAFO. Tanto la Compilación como la organización de la obra se harán sobre documentos físicos y productos magnéticos (videos, columnas, entrevistas, ponencias y demás textos, entre otros).