Ley 1653 de 2013
Artículo 1o. Gratuidad de la justicia

<Ley INEXEQUIBLE, Sentencia C-169-14> La Administración de Justicia será gratuita y su funcionamiento estará a cargo del Estado, sin perjuicio de las agencias en derecho, costas, expensas y aranceles judiciales que se fijen de conformidad con la ley.