Ley 1653 de 2013
Artículo 10. Falta disciplinaria

<Ley INEXEQUIBLE, Sentencia C-169-14> Todos los procesos deberán recibir un mismo trato en cuanto a su trámite e impulso. Constituye falta disciplinaria gravísima del juez, retrasar, sin justificación, la tramitación de los procesos en los que no se causa arancel.